Para conocer detalles de la marcha de este proceso, sus perspectivas, principales dificultades que enfrenta y deficiencias e inobservancias de normas y disposiciones jurídicas detectadas en auditorias, Granma conversó con Julio Antonio Pérez Álvarez, director general de Operaciones y Sistemas de Pago del Banco Central de Cuba (BCC), y con Reynol Pérez Fonticoba, vicecontralor general de la República.
Es preciso ubicar, en primer lugar, la bancarización como uno de los procesos más importantes en la transformación digital de la sociedad cubana, que contribuye a integrar elementos que son parte del programa de estabilización macroeconómica del país, y que se asocia al control de los niveles de efectivo en circulación, y a la relación entre la masa monetaria en moneda nacional y en divisa, señaló Pérez Álvarez.
Aclaró que este proceso se desarrolla en Cuba desde la década de los años 90, pero se incrementó a partir de los canales electrónicos de pago, paradójicamente en los años en que se han desencadenado desequilibrios en la economía nacional, caracterizados por las crisis económica internacional y de pospandemia, y por el recrudecimiento sin precedentes del bloqueo.
A ello se suma un crecimiento económico bajo, aumento de las presiones inflacionarias, escasez de bienes de consumo e insumos productivos en el sector estatal, aumento de los mercados informales, agravamiento de la inconvertibilidad y el poder adquisitivo de la moneda nacional, y el uso predominante del dinero efectivo como instrumento de pago por parte de la población y del sector no estatal.
EXPLICACIONES NECESARIAS
Como es conocido, en 1997 se introdujeron en Cuba los cajeros automáticos, e hizo su aparición el sistema Virtual Bandec, que permitía a los clientes realizar sus operaciones desde sus propias oficinas. En febrero de 2015 se iniciaron las operaciones a través de la pasarela de pago Transfermóvil, la cual, en el presente 2024, cuenta con más de cinco millones de usuarios, y hasta el cierre del mes de junio tenía 600 millones de operaciones realizadas. La otra pasarela de pago, EnZona, tiene más de un millón de usuarios.
La necesidad de fortalecer el proceso de bancarización se fundamenta, puntualizó el Director General de Operaciones del BCC, en la actuación del país ante actividades ilícitas como lavado de activos y prevención de delitos; restituir la reserva de dinero en efectivo, al disminuir su uso, e ir disminuyendo la impresión de billetes, con el consiguiente ahorro de divisas. No hay necesidad de manipular efectivo para realizar pagos a los actores económicos; esto contribuye al ordenamiento de las relaciones de cobros y pagos entre todos los sectores de la economía, y permite un mayor control fiscal.
También, agregó, reduce los costos operacionales de las actividades comerciales de Sepsa y del sistema bancario y financiero nacional; reduce las pérdidas en la actividad de comercio, y facilita el pago de bienes y servicios a los ciudadanos, con seguridad y comodidad las 24 horas y los 365 días del año, sin tener que manipular grandes sumas de dinero. Además, permite consultar y pagar facturas por la compra de bienes y servicios, y la población recibe descuentos por el pago electrónico mediante más de 14 millones de tarjetas magnéticas en el país.
El alto funcionario del BCC reconoció las actuales dificultades en los cajeros y en las cajas de los bancos, debido a las limitadas cantidades de efectivo, producto de las restricciones de ciertos actores económicos que no depositan su efectivo de manera estable, en abierta violación de lo establecido en la Resolución 111/2023 del BCC.
Esta es, enfatizó, la primera causa de la situación de déficit de efectivo, y destacó la responsabilidad que tienen, principalmente, todos los que comercializan o prestan servicios, de que se cumpla esta Resolución, que establece la obligación de darle facilidad al cliente para que escoja el medio de pago que considere, y lograr que retorne el dinero al banco como el ciclo natural de su circulación. Tiene que haber un respeto por la legislación, recalcó.
LA VISIÓN DE CONTROL
Al respecto, el vicecontralor general de la República, Reynol Pérez, informó el resultado de auditorías efectuadas en las que se detectaron incumplimientos de la Resolución No. 111/23 del BCC, que establece las normas bancarias sobre límites para los cobros y pagos en efectivo en moneda nacional, su depósito, extracción y tenencia.
En particular, se refirió al artículo No. 4 de esa Resolución, en cuanto a desconocer el límite máximo de 5 000 pesos cubanos por operación de cobros y pagos en efectivo, y aclaró que, cuando esto ocurre, se involucra en la violación el personal de la sucursal bancaria con el cliente.
También, continuó, del artículo 11.1, cuando en algunas actividades o sectores no se depositan los ingresos en efectivo a más tardar al siguiente día hábil bancario a la fecha de su recepción.
De igual forma, se detectaron violaciones a su artículo 8, cuando en ocasiones los sujetos económicos no garantizan a sus clientes el acceso y uso de los canales electrónicos de pago para la adquisición de bienes y prestación de servicios, y del artículo 10, de entidades que realizan pagos a actores económicos no estatales, a cuentas bancarias que no tienen propósitos fiscales.
Finalmente, en este punto Pérez Fonticoba explicó que no siempre se reintegra a la sucursal bancaria, dentro de los siete días hábiles bancarios siguientes a la fecha del pago, el efectivo extraído no pagado a sus beneficiarios por concepto de salarios, subsidios y otras prestaciones de la seguridad social y prestaciones a estudiantes.
Al responder preguntas acerca de los modos de operación utilizados por los violadores de la legislación sobre estos temas, enumeró algunas irregularidades y modos de operar que constituyen presuntos hechos delictivos y de corrupción administrativa que afectan el proceso de bancarización.
El primero de ellos, dijo, es realizar transferencias de pagos sin sustento documental, a través de una pasarela electrónica, y ordenar la acreditación de una parte de este valor a cuentas bancarias personales y a personas naturales no vinculadas con la entidad.
Otro modo es operar, por una sola persona, los sistemas de banca remota en línea, sin contrapartida alguna en las entidades, incluyendo las operaciones de operador, supervisor y autorizador, llegando en ocasiones a alterar el registro contable, lo que facilita enmascarar contablemente el efectivo desviado.
Añadió que está, también, el modo de extraer efectivo en cajas de la sucursal bancaria, para uso personal y de terceros, que exceden el límite aprobado, así como irregularidades en el uso de la tarjeta de débito red-Mayorista, en ocasiones asociada a varias personas, facilitando la apropiación de recursos, tarjeta que solo puede operarse mediante el tpv-pos, sistema virtual que permite gestionar las ventas y los cobros al cliente de una tienda con conexión en línea.
Otro modo es la apropiación de efectivo para nóminas, al falsificar el fichero para la extracción que la entidad presenta al banco; emitir cheques con las firmas autorizadas por valores superiores al total devengado; y no preservar la documentación primaria, lo que constituye limitaciones para el trabajo de auditoría y vulnerabilidades que afectan el control interno en las entidades.
Este modo de operar se ha extendido y, en correspondencia con la legislación penal vigente, el auditor lo clasifica como un presunto hecho delictivo cuando se aprecia que pudo existir intencionalidad.
Finalmente, Pérez Fonticoba criticó la falta de exigencia y superficialidad en los controles realizados en cuanto a la revisión de documentos primarios y falta de fiabilidad de la información; el uso de cuentas bancarias personales para la actividad económica de su negocio, con el objetivo de burlar al fisco y transferencias desde cuentas corrientes hacia cuentas de ahorro para extraer efectivo.
Todo esto, coincidieron los altos funcionarios, conspira contra el bienestar de la población, el correcto funcionamiento del proceso de bancarización y el encauzamiento de la economía hacia el desarrollo.