Clara Aurora Hechavarría Hardy, miembro del Consejo Provincial de la organización aquí, resalta la importancia que tiene, por acuerdo del Consejo de Ministros, la Comisión Nacional para el seguimiento y monitoreo de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
El instrumento jurídico -que data del 2006 y ratificada por Cuba en 2007- dispone que las personas con discapacidad son “aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.
Nuestro estado socialista desde mucho antes se ha comprometido con garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos. Tal compromiso se consuma en la Ley de leyes que en su artículo 89 determina que “el Estado debe crear las condiciones requeridas para la rehabilitación o el mejoramiento de la calidad de vida, su autonomía personal, inclusión y participación social.”
Resulta muy importante recordar que, por orientación del Comandante en Jefe, el estudio psicosocial de las personas con discapacidad, efectuado en el 2003 reveló que las limitaciones físico-motoras ocupan el segundo lugar entre todas las discapacidades, superada solamente por los portadores deficiencias intelectuales.