Santiago de Cuba,

En vigor Ley de Comunicación Social y normas complementarias

04 October 2024 Escrito por  ACN

La Ley 162/2023 de Comunicación Social y sus disposiciones normativas complementarias desde hoy están en vigor, tras 120 días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Este cuerpo normativo es el más acabado sobre el tema en cuestión, pionero en Cuba y en muchas otras latitudes en cuanto a envergadura, destaca el Instituto de Información y Comunicación Social (ICS) en su sitio web.

Regula el Sistema de Comunicación Social para la gestión estratégica e integrada de los procesos de comunicación social en los ámbitos organizacional, mediático y comunitario, con fines políticos, de bien público, organizacionales y comerciales, y en los espacios públicos ya sean físicos o digitales.

Asimismo, establece los principios de organización y funcionamiento para todos los medios de comunicación social en el país y se aplica a los órganos, organismos y entidades del Estado, las organizaciones de masas y sociales, las organizaciones mediáticas y demás personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras, que residan de forma permanente o temporal o transiten por el territorio nacional.

El ICS subraya que tiene en su génesis el espíritu de diálogo, la voluntad política de hacer una mejor nación desde los procesos comunicacionales y la consolidación de debates, aspiraciones, insatisfacciones y sueños de sectores profesionales y académicos que durante mucho tiempo plantearon la necesidad de transformar el sistema de comunicación social en Cuba.

En sus estipulados aborda la importancia y necesidad de la gestión de la comunicación de crisis, la comunicación política, el diseño de la comunicación visual e industrial, la imagen y uso de la marca país, el ejercicio de la publicidad y el patrocinio, la comunicación en la vía pública, la inscripción de los sitios web y las publicaciones seriadas en los Registros nacionales habilitados para ello, además de contener capítulos dedicados a la investigación, el desarrollo y la innovación, a la formación, preparación y superación en comunicación social y al papel de las organizaciones profesionales, recalca el texto.

La Ley 162/2023 “De Comunicación Social”, añade, es robusta, transparente y clara, democrática en su creación y proyección, que no solo ordena y dispone, también defiende la libertad de expresión y el derecho de los ciudadanos a recibir y solicitar información, pauta las obligaciones de los servidores públicos en la gestión de comunicación y el ejercicio de la prensa extranjera en Cuba.

De igual forma se considera una norma moderna, teórica y conceptualmente fundamentada que se nutre de la práctica comunicacional cubana y entra en vigor ahora, en un momento económico y social complejo, agudizado por una agresión política y mediatica sin precedentes contra el país.

Sobre su implementación, el ICS resalta que requiere ante todo articulación y capacitación permanente, y con ella Cuba se adentra en un amplio, profundo y necesario proceso de Educación para la comunicación, de transformación cultural que tendrá a los seres humanos como centro, tal y como corresponde a los principios y valores de una sociedad socialista y los derechos y deberes consagrados en nuestra Constitución.

No se trata, entonces, de un punto de llegada, sino de partida. Será un largo camino, pero entre todos y todas podremos transitarlo, porque esta es una Ley para toda la sociedad, esa a la que debemos contribuir para que sea cada vez más dialogante, participativa, justa y democrática y sostenible, concluye el texto.

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