Santiago de Cuba,

La atención al pueblo y sus criterios con sentido de urgencia

20 January 2024 Escrito por 
En diciembre de 2023, la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó la Ley del Sistema de atención a las quejas y peticiones de las personas radiorebelde.cu

Tal vez una de las personas que mayor experiencia tiene en el mundo de los trámites es una vecina . Ella siempre está en asuntos de la vivienda, los productos de la canasta familiar, del transporte…, tiene fijados los números telefónicos del Tribunal, la Fiscalía, y las oficinas de Atención a la Población de entidades, del Partido y el Gobierno en la provincia.

Ha solicitado entrevistas con dirigentes a todas las instancias porque no deja problemas e inquietudes sin canalizar. Como esa vecina, muchos somos los que tenemos que acudir a directivos porque no recibimos el trato adecuado en tal o mas cual servicio, porque la calidad del producto no es óptima, los trámites se eternizan y la burocracia agobia.

Los problemas acumulados y la perjudicial indiferencia de algunos, han lacerado la eficacia de la atención a las quejas, peticiones y sugerencias del pueblo.

Teniendo en cuenta esta realidad, a finales de diciembre de 2023, la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó la Ley del Sistema de atención a las quejas y peticiones de las personas, la cual, claramente responsabiliza a los principales jefes de cada entidad, organismo y organización que opere dentro del territorio nacional a dar un trato consecuente a esta vital tarea.

María del Carmen Cedeño Rodríguez, directora de la Oficina de Atención a la Población del Palacio de la Revolución, detalló a Sierra Maestra que “de Fidel aprendimos que no es lo mismo oír sobre un problema, que verlo y tocarlo con nuestras propias manos. Eso lo dijo en fecha tan temprana como el 15 de junio de 1960. Lo que pasa es que, desdichadamente, algunos se olvidan de ese principio”.

En consonancia con la máxima fidelista de que “encontrar soluciones a los problemas será siempre una victoria, encontrar soluciones será un fortalecimiento más de la Revolución”, las asambleas municipales del Poder Popular, los consejos de administración, los gobiernos provinciales, las entidades, organizaciones y los Organismos de la Administración Central del Estado (Oace) cuentan con especialistas para atender las quejas y peticiones.

Los asuntos relacionados con la vivienda, el abasto de agua, la asistencia social, la inflación, la insuficiencia de los salarios, y la demora en la ejecución de los subsidios, son recurrentes en las oficinas, “y son atendidos por los niveles correspondientes, pues la máxima dirección del país le concede especial y constante seguimiento”.

En Santiago de Cuba las quejas y peticiones también versan sobre esos temas y están creadas las vías para la Atención a la Población.

La Revolución de los humildes

El Programa del Moncada estableció los fundamentos para estrechar en su máxima expresión el vínculo con las masas. Es por eso que desde el mismísimo Triunfo de la Revolución, Celia Sánchez Manduley se dio a la tarea de atender los planteamientos y preocupaciones del pueblo.

En 1962 se creó, dentro del Equipo Auxiliar de la Presidencia de la República y del Consejo de Ministros, el Departamento de Correspondencia, antecedente del hoy Departamento de Atención a la Población.

Posteriormente, se instrumentaron varias normativas, de manera singular el Decreto-Ley 67, del 19 de abril de 1983, que estableció el plazo de 60 días para ofrecer las respuestas a los promoventes. En 1986 se crearon los departamentos de Atención a la Población en los Oace y demás estructuras.

La Constitución de la República, vigente desde 2019, establece en su Artículo 53 que “todas las personas tienen derecho a solicitar y recibir del Estado información veraz, objetiva y oportuna, y a acceder a la que se genere en los órganos del Estado y entidades, conforme a las regulaciones establecidas”, al tiempo que enfatiza, en el 61, la prerrogativa que tenemos los cubanos para “dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas y dar las respuestas oportunas, pertinentes y fundamentadas en el plazo y según el procedimiento establecido en la ley”.

La mencionada Ley del Sistema de atención a las quejas y peticiones de las personas, da, por primera vez, este carácter a la actividad. En esta norma se deja clara la obligación que tienen los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados a la hora de atender y dar respuesta a las quejas y peticiones de las personas, naturales o jurídicas, siempre que se identifiquen.

La Ley encarga a las máximas autoridades de los órganos, entidades y organizaciones responder “por la efectividad del sistema de atención a las quejas y peticiones en su ámbito de actuación”, y que esta debe ser “oportuna, pertinente, fundamentada y en los plazos establecidos”.

María Cedeño insistió, además, que “cuando cada entidad cumple de manera cabal con su objeto social, se está atendiendo a la población; es un trabajo intersectorial y multidimensional que amerita de integralidad”.

Por ende, si el pan no tiene calidad o una recepcionista se comporta de manera indiferente ante quienes llegan a su centro laboral, el sistema de atención a la población comienza a fracturarse, y “una Ley como esta tiene que ser letra viva, porque incide directamente en lo más importante que tiene Cuba: su gente”.

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Luis Alberto Portuondo Ortega

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