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Activación del Título III: un show de cara a las elecciones de 2020

Categoría: Titulares
Escrito por YUNIER SARMIENTOS SEMANAT/Foto: Jorge Luis Guibert
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walterVeinte años atrás el Dr.C. José Walter Mondelo García ya era profesor de Derecho de la Universidad de Oriente, y desde su puesto impartió algunas conferencias sobre la Ley Helms-Burton; justo cuando de un plumazo el expresidente Bill Clinton pensó arrebatarle la libertad a toda una nación.

Ahora el profe Walter -como se le conoce en los pasillos de la septuagenaria Casa de Altos Estudios santiaguera- indaga en las macabras decisiones que “del otro lado del mar” pone en práctica la administración del magnate Donald Trump y sus secuaces. Sierra Maestra acude a él para conocer más sobre un tema, que por estos días emerge en el debate popular.  

“Como pieza legislativa aprobada por el Congreso norteamericano se trata probablemente, de la legislación más irrespetuosa del Derecho Internacional que se ha aprobado en Estados Unidos (EE.UU.) en muchísimos años. Tiene cuatro títulos y en cada uno de estos aparecen disposiciones que son abiertamente violatorias o bien de la Carta de las Naciones Unidas, o de la Organización de Estados Americanos (OEA), de tratados internacionales suscritos por EE.UU., de la doctrina de los tribunales norteamericanos, e incluso de la Constitución de ese país.

“Se trata de una ley que ha sido calificada -con justicia- como un engendro, como una maniobra política diseñada en un momento crítico: año ´96, en el punto álgido del Período Especial, con el derrumbe del Campo Socialista y la pérdida de la mayoría de las relaciones comerciales que tenía Cuba con el bloque soviético, y la ultraderecha norteamericana vio la ocasión propicia para acabar de estrangular económicamente a la Revolución.

“En el momento en que se aprueba la ley, el título tercero particularmente, es el que desde ese mismo instante fue puesto en suspenso cada seis meses sucesivamente, por todos los presidentes norteamericanos desde Clinton, después Bush y luego Obama; pero el propio Trump en los primeros períodos de su mandato también cada seis meses suspendió la aplicación de ese título.

“El cual es conflictivo porque rompe con una doctrina universalmente aceptada del Derecho Internacional, como es la del Acto de Estado; al permitir que nacionales de Estados Unidos puedan demandar ante cortes de ese país, contra nacionales de terceros países.

“Eso fracciona prácticamente con todos los principios sobre los que se sustenta el Derecho Internacional: la soberanía de los Estados, el principio de irretroactividad (antes de entrar en vigor la ley, se reconoce solo algunas excepciones); y en este caso se echa por tierra, pues permite que ciudadanos cubanos -en el momento de la nacionalización- puedan demandar o bien al Estado cubano o a empresas de terceros países. Ella dice “traficar” con propiedades cubanas, con bienes que les pertenecían en el momento de las nacionalizaciones llevadas a cabo por el proceso revolucionario.

“Estamos hablando de principios que llevan establecidos siglos enteros, del siglo XVIII, de incluso del Tratado de Westfalia. Pero es muy claro: todo acto realizado por un Estado al interior de su territorio, donde ejerce soberanía no puede ser cuestionado por tribunales de otro Estado, solo puede ser cuestionado en tribunales internacionales, como sería la Corte Internacional de Justicia o el Tribunal Penal Internacional. Pero se da la circunstancia que EE.UU. no reconoce jurisdicción ni de la Corte ni de ese Tribunal Internacional”.

-¿De ahí que tenga un carácter extraterritorial?

“Absolutamente. Y no es que lo diga yo, desde el mismo momento en que se aprobó la ley. Incluso la propia OEA, que está desacreditada por otras razones, aprobó un dictamen -en una de sus reuniones celebrada en Panamá- elaborado por la Comisión Interamericana de Juristas, adscrita a la OEA, y en la cual se decía que la Ley Helms- Burton era violatoria del Derecho Internacional y que resultaba inaceptable. Solo Estados Unidos votó en contra, desde Canadá, hasta Chile y Argentina rechazaron la aplicación, no del título III, sino de la ley completa.

“Porque los problemas no son únicamente con el título III, lo que pasa es que ese apartado es más conflictivo porque va a llevar a Estados Unidos a tener que admitir en sus tribunales -probablemente miles- las demandas que se van a presentar por los supuestos afectados por las leyes de nacionalización.

“Por cierto, es también doctrina de la jurisprudencia internacional y del Derecho Internacional Público, que la confiscación, expropiación y nacionalización, son términos muy específicos que no se pueden confundir. Y la Ley Helms- Burton malinterpreta las nacionalizaciones con las confiscaciones y le da el mismo tratamiento a todas. Son tres instituciones diferentes del Derecho Internacional.

-¿Qué particularidades pueden tener cada una de estas?

“En la confiscación, la propiedad, el bien que sea pasa a manos del Estado y del erario público sin compensación; esto ocurre generalmente por motivo de comisión de delitos. Casi siempre como una medida de represalia o castigo por las propiedades adquiridas por motivos de delitos.

“Con respecto a la expropiación, en este caso es una institución de derecho civil y nominativo, se aplica cuando hay alguna razón de utilidad pública o interés social, pues un Estado expropie, es decir, se haga con la propiedad, digamos, de un terreno que es propiedad privada pero va a ser utilizado para construir un hospital, por ejemplo. En ese caso como la utilidad pública y el bien social están por encima del interés privado, se expropia con una adecuada compensación.

“Y lo mismo con lo que llaman nacionalización. Cuba no es el único país que las ha hecho, por ejemplo, Inglaterra, cuna del Capitalismo mundial nacionalizó el servicio de salud, el de ferrocarriles y el servicio postal. No es un invento cubano la nacionalización. Y en todos esos países se llegaron a acuerdos entre el Estado y los propietarios, con una adecuada compensación.

“De hecho Cuba no solo nacionalizó propiedades norteamericanas, también lo hizo con bienes canadienses, españoles, ingleses, y todos estos en su momento aceptaron sentarse a negociar y llegó a una compensación que Cuba pagó en su debido momento, y en ninguna de esas naciones hay una sola demanda de nadie que haya estado inconforme por la forma en la que se desarrolló el proceso.

“Solamente Estados Unidos se complicó el juego, ya sabemos, por la hostilidad prácticamente patológica del exilio cubano de ultraderecha asentado allí.

-¿Cuál cree que sea la dinámica, luego de que comience a implementarse este Título III el 2 de mayo próximo?

“Lo primero que va a haber, es que se colapsarán con cientos o miles de demandas en contra, por un lado del gobierno cubano, y en contra por otro lado, de las empresas extranjeras que en algún momento hayan tenido relaciones económicas con Cuba, lo cual conllevará complejísimos procesos legales, como suelen ser los de este tipo en los Estados Unidos.

“Por otro lado, la Unión Europea ya anunció que va a reactivar la demanda que presentó en la Organización Mundial del Comercio (OMC) en el año ´96, la cual apoyó también Canadá. Y probablemente este último país presente también la suya al igual que México dará todos los pasos necesarios. Pues viola una serie de artículos del acuerdo de la Convención Internacional por la cual se estableció la OMC.

“También en EE.UU. seguramente habrá acciones legales de las personas que  están en contra de la activación de la Ley Helms- Burton y su título tercero, porque incluso hay un debate ahora en término legales, si el presidente de ese país tiene la autoridad para poner en vigor solo una parte del título III y no el título completo. Hay abogados que sostienen que no tiene autoridad para activar esa parte sino el título completo. Lo cual implicaría que las propias empresas norteamericanas podrían ser demandadas si tienen negocios con Cuba y algunas que en estos momentos los tienen.

“Se pueden calcular las dimensiones que traerá todo eso y la enorme complejidad de todas las demandas que se presentarán y los gastos millonarios en los que se incurrirán, así como las multas a las cuales las propias entidades norteñas estarán expuestas como represalia por hacer negocios con empresas europeas o de otros países que comercien con Cuba. Será un espectáculo que no beneficiará a nadie, es un show cuyo único propósito es la ganancia que Trump calcula que le dará en las elecciones del próximo año”, dijo.

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