No obstante el creciente interés de personas de todas las edades que en el país desean tomar –o han tomado-- su piel como lienzo, en Cuba no existen regulaciones que determinen las funciones, atribuciones, deberes y derechos de quienes se dedican a tatuar.
Al respecto, el abogado Vitelio Manuel Ruíz Miyares impartió ante tatuadores de 10 provincias del Archipiélago, una conferencia, en la 1. Convención de Tatuaje Inkuba 2018 efectuada los días 7, 8 y 9 de septiembre de 2018, en el Centro de Eventos Fe del Valle Ramos, en La Habana.
En su intervención, Ruiz Miyares ofreció detalles sobre un proyecto de reglamento que establecerá las medidas higiénico-sanitarias necesarias para el correcto funcionamiento de los centros de tatuajes y perforaciones corporales en la nación caribeña –esas regulaciones hoy no existen en Cuba--.
Tuvimos acceso a la intervención de Ruiz Miyares, y también a algunas otras consideraciones del legista.
“No hay mejor momento que el actual para hablar de estas cuestiones, en la coyuntura del análisis del proyecto de Constitución del país”, expuso Ruíz Miyares, quien elaboró el documento jurídico de 33 artículos, que tiene como referentes las legislaciones sobre el tema aprobadas en Ecuador, Venezuela, Bolivia, Argentina y algunas naciones europeas.
El jurista también impulsa una iniciativa paralela, con el objetivo de crear la Asociación Cubana de Artistas del Tatuaje y la Perforación (A.C.A.T.P.), para lo cual recorre el país y registra los datos de los profesionales del tatuaje, así como su compromiso de afiliación.
Para Ruíz Miyares, “respaldar legalmente a los tatuadores es una vía de garantizar trabajo honesto a muchos jóvenes, quienes así aportarían a la sociedad mediante la tributación de impuestos, un aporte económico para nada pequeño”.
Alejandro Darío, tatuador de La Habana, le aseguró a Miyares que él y muchos de sus colegas no tienen miedo de pagar impuestos y de trabajar legalmente.
Le dijo más: opinó que eso le permitiría a él y a los demás, un mayor desarrollo, crecer como gremio o grupo, y mostrarse a la sociedad como artistas, como cualquier creador del país.
Vistos los textos, con las valoraciones precedentes coincide Amelia Piñón, una de las organizadoras de InKuba 2018, para quien “es imposible objetar que en la actualidad el tatuaje es una realidad en Cuba, porque sales a la calle y un gran número de personas tienen su piel dibujada, razón más que suficiente para intentar regular adecuadamente esta actividad”.
Piñón entiende, que si alguien se dedica al tatuaje, pues que tenga deberes y derechos, con reconocimiento legal, y así irán desapareciendo los estigmas y discriminaciones.
Precisamente, en el Título IV: Derechos, deberes y garantías, del Proyecto de Constitución de la República de Cuba, en los capítulos I, II y III, aparecen en los artículos 40, 61 y 83 respectivamente, las propuestas en cuestión.
“El artículo 40 --señala Ruiz Miyares-- plantea el repudio a cualquier manifestación de racismo o discriminación. En este caso nos referimos a cualquier discriminación de que puedan ser objeto los tatuadores profesionales y personas que han tomado su piel como lienzo.
“El artículo 61 refiere los derechos de reunión, manifestación y asociación que con fines lícitos y pacíficos, se reconocen por el Estado, siempre que se ejerzan con respeto al orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley.
“En el caso que nos ocupa, teniendo en cuenta el reclamo de muchos tatuadores y perforadores profesionales, al no existir ninguna asociación en Cuba, deberá resolverse esto mediante la creación de esta, con el Ministerio de Cultura como órgano de relaciones.
“Y por último, el artículo 83, el más trascendente en el proyecto, que plantea textualmente: ‘La salud pública es un derecho de todas las personas. El Estado garantiza el acceso y la gratuidad de los servicios de atención, protección y recuperación. La ley define el modo en que los servicios de salud se prestan’.”
Añade el abogado, que la adecuada información a tatuadores y a la población en general sobre el tema precedente, y también sobre la vacunación contra los virus de la hepatitis B y el tétanos; la estandarización de las precauciones en los centros donde se realizan tatuajes; la vigilancia y fiscalización a cargo de la autoridad sanitaria, y las regulaciones --que hoy no existen en Cuba y deben ser confeccionadas-- serán las medidas para prevenir complicaciones de todo tipo.
Aprobada la Constitución, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) implementará varias leyes y reglamentos, dentro de la legislación auxiliar, y entre estos textos legales, deberá regularse por el Ministerio de Salud Pública, el control de los factores que puedan afectar la salud durante el ejercicio del tatuador y/o perforador, algo que se logrará mediante la promulgación del Reglamento –que ya está redactado y puesto a consideración de las diferentes entidades--.
El documento establecerá, además, las medidas higiénico sanitarias para el control del funcionamiento de centros de tatuajes y perforaciones corporales en la República de Cuba, y una vez aprobado el Reglamento, se prevé otorgar la correspondiente licencia sanitaria al tatuador y/o perforador, para el correcto ejercicio de su actividad.