El tema es recurrente en el territorio para la mayoría de los tipos impositivos que se aplican, esta vez la dirección local de la Oficina Nacional de Administración Tributaria ONAT, acudió a Sierra Maestra para llamar a los contribuyentes responsables de pagar el Impuesto sobre Transporte Terrestre y Embarcaciones a ser disciplinados y hacerlo antes del 30 de septiembre, fecha en la que termina el período voluntario.
Según informó la Lic. Yudith Hechavarría Espino, jefa del Departamento de Asistencia al Contribuyente desde enero hasta la fecha de 11 109 Personas Naturales obligadas al pago sólo lo ejecutaron 7 146 para el 64.3% y de los propietarios y poseedores de embarcaciones 106 de 222 cumplieron su obligación.
En cuanto a las Personas Jurídicas también se reportan atrasos pues de 1 191 empresas obligadas a aportar el Impuesto sobre el transporte terrestre, sólo asumieron esta responsabilidad 839 así como cuatro de las 11 propietarias de embarcaciones, lo que indica que la irresponsabilidad fiscal trasciende el sector no estatal, por lo que los ingresos al presupuesto del Estado por esos conceptos se ve afectado.
Todos los propietarios Estatales y No estatales con vehículos automotores o de tracción animal, así como embarcaciones marítimas, lacustres y fluviales registrados en territorio nacional, tienen la obligación de pagar el impuesto correspondiente, así mismo es conocido que el período voluntario para realizar este paso es de enero a septiembre de cada año, por lo que no hacerlo se traduce en irresponsabilidad fiscal.
Quienes no pagan a tiempo el Impuesto sobre el Transporte Terrestre incurren en mora y la ley exige un recargo. Si usted paga dentro de los 30 días hábiles posterior al vencimiento de la fecha establecida, debe pagar un 2 % más, un 5 % cuando el pago se realice pasado los 30 días hábiles y dentro de los 60 días hábiles posteriores a la fecha establecida, pasados los 60 días hábiles, entonces se le descuenta un 0,1 % por cada día.