Santiago de Cuba,

Novedades del Código Penal cubano

30 March 2022 Escrito por  Redacción Digital

A raíz de los propios cambios en la sociedad cubana, la reforma constitucional del 10 de abril de 2019, de la Conferencia del Partido Comunista de Cuba, de las sugerencias en su VIII Congreso, además de las recomendaciones de la Asamblea Nacional con motivo de las rendiciones de cuentas del Tribunal Supremo y la Fiscalía General de la República, se decide este anteproyecto del Código Penal, que deroga el actual texto, vigente desde hace 35 años.

Para conocer algunos detalles sobre los cambios que sufrirá el actual Código Penal comparecen en el periódico Sierra Maestra, Yoendris Rosabal Jerez, Presidente de la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba y Angélica Maurelo Carbonel, Presidenta de la Sala contra la Seguridad del Estado, ambos másteres en Derecho Penal.

Con el nuevo Código Penal se modifica más del 70% del actual. Se llevan al proyecto Legislaciones como la Ley 93/2001 Contra Actos de Terrorismo, la Ley Electoral 127/2019 y los delitos contra el Derecho Internacional Humanitario vigente en la Ley de los Delitos Militares. Se introducen cuatro nuevas familias de delitos que son contra las Telecomunicaciones, la Dignidad Humana, el Medio Ambiente y la Creación Intelectual.

La ley permite la aplicación de los criterios de oportunidad en 359 figuras delictivas (63%) lo que posibilita que se les dé un tratamiento diferente al imputado, sin llegar a la vía judicial siempre y cuando el marco sancionador no exceda los cinco años.

Se introducen dos nuevas sanciones que son la reclusión domiciliaria y el servicio en beneficio de la comunidad.

¿Por qué el Código Penal no se debate igual que el Código de la Familia?

El anteproyecto del Código Penal se encuentra disponible en el sitio web del Tribunal Supremo Popular (https://www.tsp.gob.cu/documentos/proyecto-de-codigo-penal) para su consulta y descarga. A través de este se han recepcionado criterios de la población, los cuales se han tenido en cuenta. Además existe un correo habilitado al que toda aquella persona que lo desee puede escribir su opinión (This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.). Gracias al desarrollo tecnológico esta es una vía factible y dinámica.

¿De qué manera se cumplen mediante este Código los tratados internacionales en los cuales Cuba es signataria en materia penal?

“Estamos a tono con las reglas de Tokio 1990, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad, al concedérsele en el anteproyecto un carácter alternativo a las actuales sanciones subsidiarias, lo que permite decisiones más proporcionales y racionales cuando sea necesario su modificación o revocación, sin ir directo a la privación de libertad.

“En cuanto a las figuras delictivas relacionadas con las drogas se atemperan a los elementos descritos en la Convención de Viena y sus protocolos adicionales.

“Existen una adecuación del delito de asociación para delinquir y lo previsto en la Convención Internacional contra la delincuencia organizada transnacional.

“Las figuras delictivas que se incorporan, relativas al crimen de agresión, tortura, tráfico de órganos humanos, desaparición forzosa y trabajo forzoso u obligatorio, sugieren el Pacto Internacional sobre los derechos civiles y políticos, la Convención Internacional contra la tortura y otros tratos crueles, inhumano o degradantes y el Convenio 29 de 1930 y la Organización Internacional del Trabajo y sus protocolos subsiguientes; los delitos contra el Derecho Internacional Humanitario regulado en los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos de 1977 sobre protección a las víctimas.

“Estos son algunos de los reflejos de la consonancia contra los convenios y convenciones internacionales”, explica Rosabal Jerez

Por otro lado, el especialista añade que se reserva la sanción de pena de muerte a delitos contra la seguridad del Estado, terrorismo, tráfico de drogas en su modalidad más agravada y en los delitos comunes únicamente en el asesinato. Por lo cual, se aprecia de manera general, una disminución sustancial de su prescripción, reducida a solo 23 delitos.

Este tipo de sanción no se aplica a menores de 25 años de edad ni a las mujeres, la aprueba el Consejo de Estado y se encuentra en moratoria desde hace dos décadas.

“En delitos extremadamente graves, donde se ha impuesto la pena de muerte, se ha conmutado por la pena perpetua", subraya.

Asimismo, se mantiene la exigencia de responsabilidad penal a partir de los 16 años de edad cumplidos, con un tratamiento diferenciado para las personas con 16 y menos de 18 años de edad; solo responden penalmente cuando cometan delitos graves, sean reiterativos en la comisión de hechos delictivos o se trate de hechos contra la seguridad del Estado o terrorismo.

DSC0161De igual modo, se incluye la prohibición de la salida del territorio nacional como una sanción accesoria.

También se penalizan diferentes formas de discriminación, violencia de género y familiar.

Como cuestiones novedosas se incorpora la posibilidad de imponer sanción accesoria de prohibición de acercamiento a la víctima o perjudicado, sus familiares y personas allegadas.

“Se establece una regla especial de adecuación para los delitos cometidos con violencia de género o familiar, que incrementa el límite máximo de la sanción en un tercio.

“Con el nuevo Código se despenalizan conductas actualmente previstas en siete delitos, que son menos lesivas y tienen tratamiento contravencional o en la legislación civil, administrativa o económica entre los que se hallan: ejercer sin licencia actividades económicas que no están prohibidas; ejercicio arbitrario de derechos sin violencia, intimidación o fuerza; sacrificio de ganado mayor que sufrió accidente o está enfermo; bigamia y matrimonio ilegal”, añade el especialista.

El Código Penal cubano es una de las normas jurídicas que como parte de la reforma procesal que lleva a cabo el país, está siendo sometida a reajustes que la perfeccionan y actualizan, generando mayor protección a principios, derechos y garantías constitucionales.

Según el cronograma legislativo, la norma debe ser sometida a debate en la próxima sesión ordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular, prevista para el mes de abril del año en curso.

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